El triunfo de ARGENTINA no solo se dio dentro de un campo de juego
MESSI levanta la tercera Copa del Mundo para la Selección ARGENTINA en un domingo 18 de diciembre de 2022 inolvidable. Foto: https://www.bbc.com/
A miles de kilómetros de distancia, la Selección ARGENTINA de fútbol lograba uno de los hitos más importantes de la historia: consagrarse campeón del mundo. En una final extraordinaria en el imponente Lusail Stadium de Qatar, el equipo liderado por Lionel Messi dentro de la cancha superó en la definición por penales al combinado francés por 4-2 tras la igualdad en tres tantos por lado una vez que finalizaron los ciento veinte minutos que duró el encuentro.
Después de la celebración del martes 20 de diciembre en la que alrededor de cinco millones de personas invadieron las principales arterias aledañas al Obelisco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que también se acercaron masivamente a las inmediaciones del Predio de la AFA en Ezeiza, se dieron algunos hechos que también establecieron una victoria del respeto por las instituciones y de la normativa vigente por sobre los reiterados atropellos ocasionados por el Gobierno comandado por Alberto Ángel Fernández y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner.
En el día en el que comenzó oficialmente el verano, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la petición formulada por el Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y dispuso una medida cautelar que le impone al Estado Nacional que, hasta tanto no se llegue a una resolución definitiva, que pague el 2,95 por ciento de coparticipación federal, y que se "abstenga de aplicar el Decreto Nro. 735/2020 y la Ley Nro. 27.606" sancionada al cumplirse un año de mandato de Fernández por medio de la cual se le aplicó un recorte considerable de los fondos de masa coparticipable que recibía el distrito que es gobernado por el PRO hace quince años.
En septiembre de 2020, una serie de reclamos ejercidos por las fuerzas de seguridad de la Provincia de Buenos Aires propició que el Presidente de la Nación redujera a un coeficiente equivalente al 2,32% con referencia al Artículo 8° de la Ley Nro. 23.548 y sus modificatorias sobre el monto total recaudado por los gravámenes establecidos en el Artículo 2° de la citada ley para implementar un salvoconducto con la jurisdicción que se encuentra al mando de Axel Kicillof y así crear el Fondo de Fortalecimiento Fiscal de la Provincia de Buenos Aires a los fines descritos anteriormente.
Horacio Rodríguez Larreta confirmó que eliminará el impuesto del 1,2 por ciento sobre las compras con tarjeta de crédito. Foto: https://www.elcronista.com.
El Máximo Tribunal le puso un freno a esta decisión arbitraria del Jefe de Estado y con un criterio atinado afirmó en el fallo que "la Ley Nro. 27.606 genera una disminución en los fondos coparticipados que le corresponden a la C.A.B.A., lo cual, además de un perjuicio financiero, es una vulneración de la autonomía constitucional de la Ciudad Autónoma", por lo que cuya norma "resquebraja la situación de igualdad en que deben estar todos los actores del federalismo".
La Corte profundizó en su laudo que el obrar de los funcionarios kirchneristas "violenta los términos del acuerdo de transferencia de competencias, firme, consentido y en vías de ejecución, lesionando así los derechos constitucionales de la Ciudad Autónoma y modificando lo convenido sin que exista consentimiento de la jurisdicción afectada", y agrega que "la actuación del Estadio Nacional es una transgresión a la Constitución Nacional (Artículos 5, 75, inciso 2° párrafo 5 C, 122, 123 y 129)".
En 1994, la Convención Constituyente reunida en la Ciudad de Santa Fe sentó la obligación para el Congreso de la Nación de que se elaborase una nueva Ley de Coparticipación, imposición que fue plasmada en el Artículo 75 del texto constitucional, pero que desde 1996 esta cuestión no ha sido saldada, incluso aún después de un fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que señaló enfáticamente ese incumplimiento por parte del Poder Legislativo.
Esta medida emanada desde Talcahuano 550 estipula una distribución equitativa y justa de los fondos coparticipables frente a otro improperio ejercido por Alberto Fernández y sienta un precedente ante cualquier litigio en el que intervengan las Provincias y el Gobierno Nacional y que atente directamente contra el sistema republicano y federal.
De izquierda a derecha: Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti. Foto: https://www.csjn.gov.ar.
Una vez conocida la resolución comunicada por el Tribunal Superior compuesto por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fernando Rosenkratz, el mandatario se reunió en la Casa Rosada con catorce gobernadores afines al peronismo para consensuar el no acatamiento al fallo, aunque más tarde, Alberto Fernández tuvo que declinar esa postura y acordó abonarle a la Ciudad los fondos coparticipables con bonos TX31 (papeles del Tesoro en pesos que pagan 2,5% por sobre el ajuste del índice CER) dentro de los noventa días de vigencia de la medida cautelar en lo que pareció ser otra manifestación conflictiva y desafiante por parte del exponente del Frente de Todos. Por ello, Rodríguez Larreta acusó a Fernández de “hacer trampa” y esbozó: “El Gobierno Nacional tiene que transferirle a la Ciudad el 2,95% de la masa coparticipable y eso se hace a través de transferencias del Banco Nación de forma directa, diaria y en pesos. En ningún lugar se habilita al pago en bonos”. Depende de lo que ocurra de aquí en más con esta controversia el alcalde de la Capital Federal avanzará con la eliminación del impuesto de sellos sobre los resúmenes de tarjetas de crédito (uno coma dos por ciento del total).
Lo más destacable es que en este último mes del año la Justicia no brilló por su ausencia, sino todo lo contrario. Cristina Kirchner fue condenada en primera instancia por el Tribunal Oral Federal Nro. 2 a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por la causa Vialidad al ser hallada culpable por el delito de administración fraudulenta durante los doce años en los que estuvo al frente del Poder Ejecutivo Nacional y en la época en la que también su difunto cónyuge, el ex Presidente Néstor Carlos Kirchner, se hizo cargo del país (2003-2007).
Además, la Corte Suprema ratificó la sentencia condenatoria dictada en 2019 por el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 3 de la Provincia de Jujuy que recayó sobre Milagro Sala por trece años de prisión en el marco de la causa denominada como "Pibes Villeros" al rechazar un pedido de la defensa de la polémica dirigente de la agrupación "Tupac Amaru".
No solo fue Messi y compañía los que nos dieron inmensas alegrías en las jornadas de gloria más recientes. Además de las satisfacciones que llegaban desde el Medio Oriente de la mano del capitán y emblema del seleccionado argentino, aquí también hubo razones para creer que tarde o temprano la justicia prevalecerá por sobre todas las cosas. ¡BIENVENIDA SEA!
Milagro Sala deberá cumplir con una sentencia de trece años de prisión dictada por el Tribnal Oral Criminal 3 de Jujuy en 2019. Foto: https://www.infobae.com.
Asociación Democrática y Defensora de la Justicia.
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